IUSera
Registro digital 2031655 · Tesis aislada · 12a. Época · XVIII.1o.P.A.3 K (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DECIMO OCTAVO CIRCUITO.

ACLARACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO. ES INJUSTIFICADO EL AUTO PREVENTIVO QUE NO SE SUSTENTA EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 114 DE LA LEY DE AMPARO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Dos personas promovieron amparo indirecto. El Juzgado de Distrito las previno para que aclararan su escrito inicial de demanda a fin de precisar si contra la resolución reclamada se interpuso algún medio ordinario de impugnación. A través de su representante en términos amplios presentaron escrito de aclaración. El Juzgado de Distrito tuvo por subsanada la prevención y admitió la demanda. La parte tercero interesada interpuso recurso de queja por el que impugnó el auto admisorio. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es injustificado el auto por el que se...

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