SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN AMPARO INDIRECTO. PROCEDE PARA EL EFECTO DE QUE LA COMISIÓN MEXICANA DE AYUDA A REFUGIADOS (COMAR) EXPIDA UNA CONSTANCIA PROVISIONAL QUE CONTENGA LOS DATOS DEL TRÁMITE QUE LA PERSONA SOLICITANTE INICIÓ PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA CONDICIÓN DE REFUGIADA.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona extranjera promovió amparo indirecto contra la negativa de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) de reanudar su trámite de solicitud de reconocimiento de la condición de refugiada. El Juzgado de Distrito negó la suspensión provisional solicitada. Estimó que al existir una determinación que lo tuvo por no reanudado, es un acto declarativo que carece de ejecución material. Además, que otorgar la medida cautelar conduciría a dar efectos constitutivos y reconocer un derecho con el que no cuenta. En el recurso de queja interpuesto contra esa decisión, dicha persona...
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