IUSera
Registro digital 2031614 · Tesis aislada · 12a. Época · I.12o.C.1 C (12a.) · DÉCIMO SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

COMPETENCIA PARA CONOCER DE LAS CONTROVERSIAS SOBRE ARRENDAMIENTO DE LOCALES COMERCIALES. SI LA CUANTÍA ES DETERMINADA O DETERMINABLE, CORRESPONDE A LOS JUECES DE LO CIVIL DE PROCESO ORAL (ARTÍCULO 105, FRACCIÓN III, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: En la vía oral mercantil se demandó la rescisión de un contrato de arrendamiento sobre un local comercial. La persona juzgadora de proceso oral la desechó al considerar que carecía de competencia para conocer de la demanda en términos del artículo 59, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, que establece que el conocimiento de las controversias de arrendamiento de inmuebles destinados a habitación, comercio, industria o cualquier otro uso, giro o destino permitido por la ley, corresponde a los Jueces de lo Civil de Proceso Escrito. Inconforme con ta...

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