SUSPENSIÓN EN AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO POR PERSONAS MENORES DE EDAD. PROCEDE EXENTARLAS DE EXHIBIR LA GARANTÍA RESPECTIVA.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona, por su propio derecho y en representación de su hijo menor de edad, impugnó en amparo indirecto el emplazamiento al juicio de origen, así como los actos encaminados a desposeerlo del bien inmueble materia de la controversia. El Juzgado de Distrito negó la suspensión definitiva por cuanto hace al emplazamiento y a todo lo actuado en el juicio de origen, y la concedió para que no se llevara a cabo la desocupación del inmueble controvertido, por lo que fijó la garantía que debía exhibirse. La parte quejosa promovió recurso de revisión para impugnar la fijación de dicha garant...
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