IUSera
Registro digital 2031594 · Tesis aislada · 12a. Época · IX.2o.C.A.15 C (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y ADMINISTRATIVA DEL NOVENO CIRCUITO.

PENSIÓN ALIMENTICIA EN FAVOR DE PERSONAS MENORES DE EDAD. LA ACEPTACIÓN POR PARTE DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL DE LOS INGRESOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS COMO GARANTÍA POR PARTE DEL DEUDOR ALIMENTARIO, ES INSUFICIENTE PARA GARANTIZARLA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ).

Civil y Familiar Derechos Humanos
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio ordinario civil, promovido por una madre en representación de su hija menor de edad, se reclamó, entre otras prestaciones, la pensión alimenticia a favor de ésta. Ante la omisión del deudor alimentario de garantizarla, la actora solicitó que se asegurara dicha pensión mediante una garantía. El Juez familiar aceptó los ingresos ordinarios y extraordinarios del deudor como "garantía alimentaria", sin exigir hipoteca, prenda, fianza o depósito conforme al artículo 160 del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí. Inconforme, la madre promovió amparo indirecto, en el...

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