MORA EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. SE ACTUALIZA CON MOTIVO DE LA INTERPELACIÓN FORMULADA EN EL EMPLAZAMIENTO Y NO EN LA FECHA DE VENCIMIENTO ESTABLECIDA EN EL PAGARÉ BASE DE LA ACCIÓN, SI EN ÉSTE SE SEÑALÓ GENÉRICAMENTE COMO LUGAR DE PAGO LA "CIUDAD DE MÉXICO".
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio ejecutivo mercantil se dictó sentencia en la que se condenó a la parte demandada al pago de las prestaciones reclamadas. No obstante, la persona juzgadora estimó que la mora aconteció desde la fecha del emplazamiento y no desde la de vencimiento establecida en el pagaré base de la acción, pues en éste se señaló genéricamente como lugar de pago la Ciudad de México. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la mora en el juicio ejecutivo mercantil se actualiza con motivo de la interpelación formulada en el emplazamiento y no en la fecha de vencimie...
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