INMOVILIZACIÓN DE CUENTAS BANCARIAS POR ADEUDOS FISCALES. LA AUTORIZACIÓN PARA DISPONER DE FONDOS A FAVOR DE QUIEN FUE AUTORIZADO POR EL TITULAR DE LA CUENTA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 57, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO, NO IMPLICA PER SE LA COTITULARIDAD DE LA CUENTA NI LA COPROPIEDAD DE LOS SALDOS CONTENIDOS EN ELLA, SALVO DISPOSICIÓN EXPRESA DEL TITULAR.
Texto de la tesis
Hechos: La sucesión a bienes de una persona promovió amparo indirecto por conducto de su albacea contra el embargo de una cuenta bancaria de la que es titular el autor de la sucesión, con motivo de la determinación de créditos fiscales a una tercera persona con quien dicho actor, conforme a lo estipulado en una cláusula del "contrato de apertura de cuenta", autorizó para la expedición de cheques de forma indistinta con cargo a la aludida cuenta, mediante registros de firmas. El Juzgado de Distrito concedió el amparo. Contra tal determinación el Subadministrador Desconcentrado Jurídico de Chihu...
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