ACCIÓN DE INDEMNIZACIÓN POR ACCESIÓN. PROCEDE NO SÓLO CONTRA EL PROPIETARIO ACTUAL DEL BIEN INMUEBLE, SINO TAMBIÉN CONTRA DUEÑOS ANTERIORES, SIEMPRE QUE SU DERECHO DE PROPIEDAD SE HAYA ENCONTRADO VIGENTE DURANTE LA REALIZACIÓN DE LAS EDIFICACIONES CUYO PAGO SE RECLAMA (ARTÍCULO 845 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ).
Texto de la tesis
Hechos: Una persona demandó en la vía ordinaria civil, en ejercicio de la acción de indemnización por accesión, a su excónyuge y a diversa persona, de quienes reclamó, entre otras prestaciones, el pago de las mejoras realizadas durante la vigencia del matrimonio al inmueble en el que establecieron el domicilio conyugal. La parte actora afirmó haberse conducido de buena fe, mientras que su excónyuge obró de mala fe por no haberse opuesto a la realización de las modificaciones. En su contestación, los demandados opusieron la excepción de falta de legitimación pasiva. En primera instancia se dict...
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