IUSera
Registro digital 2031516 · Tesis aislada · 12a. Época · (V Región)4o.1 A (12a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGION.

ACTAS DE ASAMBLEA DE RECONOCIMIENTO DE AVECINDADOS Y ACEPTACIÓN DE EJIDATARIOS. PARA SU IMPUGNACIÓN NO ES APLICABLE EL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY AGRARIA.

Agrario y Rural Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: El Consejo de Vigilancia de un ejido demandó la nulidad parcial de un acta de asamblea de reconocimiento de avecindados y aceptación de ejidatarios. El Tribunal Unitario Agrario consideró que conforme al artículo referido su pretensión había prescrito porque ya habían transcurrido más de noventa días desde la emisión del acta señalada. En amparo directo el quejoso argumentó que la prescripción prevista en dicho precepto se refiere a las asambleas de asignación de tierras, no a aquellas en las que se nombra a una persona como ejidataria. Criterio jurídico: El plazo de prescripción previ...

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