IUSera
Registro digital 2031501 · Tesis aislada · 12a. Época · I.8o.C.29 C (11a.) · OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

MEDIADORES PRIVADOS CERTIFICADOS. NO TIENEN EL CARÁCTER DE AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO, CUANDO SE RECLAMA SU INTERVENCIÓN COMO FACILITADORES EN UN CONVENIO DE MEDIACIÓN CELEBRADO CON LA FINALIDAD DE SOLUCIONAR UNA CONTROVERSIA (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona moral promovió amparo indirecto contra una mediadora privada certificada por el Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México por su intervención en la celebración de un convenio. El Juzgado de Distrito sobreseyó el juicio al considerar que la mediadora privada no tiene el carácter de autoridad responsable, ya que actuó como facilitadora de la comunicación y la negociación entre las personas que celebraron un convenio de mediación en un esquema de autocomposición asistida. Inconforme, la parte actora interpuso recurso de revisión. C...

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