IUSera
Registro digital 2031490 · Jurisprudencia · 12a. Época · PR.P.T.CN. J/2 P (12a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

SUSPENSIÓN EN AMPARO INDIRECTO. LOS EFECTOS DE SU CONCESIÓN CONTRA UNA ORDEN DE APREHENSIÓN CUANDO LA PARTE QUEJOSA SE ENCUENTRA PRIVADA DE SU LIBERTAD POR DIVERSA CAUSA PENAL, SON LOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 166, FRACCIÓN I, Y PÁRRAFO SEGUNDO, DE LA LEY DE AMPARO.

Constitucional y Amparo Penal Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar los efectos con los que debe concederse la suspensión en amparo indirecto contra una orden de aprehensión, ya sea por delito que amerite prisión preventiva oficiosa o no, cuando la persona quejosa ya se encuentra privada de su libertad por una diversa causa penal. Mientras que uno sostuvo que debe concederse para los efectos del artículo referido; los otros aplicaron la jurisprudencia PR.P.T.CN. J/3 P (11a.), bajo el argumento de que no debe limitarse al efecto establecido por el Juzga...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.