PERSONAS JUZGADORAS DESIGNADAS MEDIANTE CONCURSO DE OPOSICIÓN. DE NO EXISTIR UNA CAUSA GRAVE QUE AMERITE REMOCIÓN DEBE RESPETARSE SU ESTABILIDAD Y PERMANENCIA EN EL CARGO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE).
Texto de la tesis
Hechos: Una persona juzgadora de primera instancia designada mediante concurso de oposición promovió amparo indirecto contra la determinación del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Veracruz en la que se le comunicó que se daban por terminados los efectos de su nombramiento por cambiar a la modalidad de provisional. El Juzgado de Distrito resolvió que la quejosa tenía el carácter de persona juzgadora provisional y la estabilidad en su cargo estaba sujeta a una condición resolutoria, consistente en que llegue la fecha de término del nombramiento por el que fue designada. L...
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