IUSera
Registro digital 2031469 · Tesis aislada · 12a. Época · I.4o.C.58 C (11a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

NOTARIOS PÚBLICOS. LOS DATOS QUE LA LEY RELATIVA EXIGE ASENTAR EN LOS INSTRUMENTOS PÚBLICOS SON CONDICIONES MÍNIMAS, PERO NO TAXATIVAS O LIMITATIVAS (ARTÍCULO 103 DE LA LEY DEL NOTARIADO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).

Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: La quejosa promovió amparo directo contra actos emitidos dentro de un juicio ordinario civil en el que la parte actora y tercera interesada en el amparo, demandó como pretensión principal la declaración de inexistencia y nulidad de dos escrituras públicas. En una se hizo constar el otorgamiento de un poder y en la otra se formalizó un contrato de compraventa de un inmueble en donde la parte vendedora era la persona a quien se le confirió el poder referido. El eje medular de la causa de pedir consistió en que la firma del otorgante del poder no fue realmente plasmada por éste, dado que...

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