IUSera
Registro digital 2031406 · Tesis aislada · 12a. Época · V.3o.C.T.5 L (11a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL QUINTO CIRCUITO.

DEMANDA LABORAL. NO ES IMPEDIMENTO PARA ADMITIRLA QUE EL DOMICILIO SEÑALADO PARA EL EMPLAZAMIENTO NO COINCIDA CON EL DE LA CONSTANCIA DE NO CONCILIACIÓN.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona trabajadora demandó a una persona física y/o "quien resulte responsable de la fuente de trabajo", el pago de la indemnización constitucional y diversas prestaciones derivadas del despido injustificado del que afirmó ser objeto. El Juez laboral la previno para que exhibiera la constancia de no conciliación respecto del demandado y/o quien resulte responsable de la fuente de trabajo, en virtud de que se advertía un domicilio diferente para emplazar a la demandada respecto del que obraba en la constancia de no conciliación. El actor afirmó que la circunstancia de que se hubies...

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