IUSera
Registro digital 2031395 · Tesis aislada · 12a. Época · I.6o.T.7 L (11a.) · SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

PENSIÓN POR VIUDEZ. ES INCONSTITUCIONAL LA CLÁUSULA 112 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO DE NACIONAL MONTE DE PIEDAD, INSTITUCIÓN DE ASISTENCIA PRIVADA, AL LIMITAR SU GOCE Y PAGO SÓLO A LA VIUDA DEL JUBILADO.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: El cónyuge supérstite de una mujer que fue trabajadora y jubilada por Nacional Monte de Piedad, Institución de Asistencia Privada, demandó el otorgamiento y pago de una pensión vitalicia por concepto de viudez, así como la nulidad parcial de la cláusula 112 del contrato colectivo de trabajo. La Junta determinó que el actor no tenía legitimación para reclamar la nulidad parcial y absolvió de lo reclamado. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es inconstitucional la cláusula 112 del Contrato Colectivo de Trabajo de Nacional Monte de Piedad, Institución de A...

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