IUSera
Registro digital 2031389 · Tesis aislada · 12a. Época · I.2o.C.40 C (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

MULTA IMPUESTA EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL POR NO ASISTIR A LA AUDIENCIA PRELIMINAR. EN ATENCIÓN AL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD, PREVIO A PROMOVER EL AMPARO INDIRECTO DEBE IMPUGNARSE VÍA INCIDENTAL (ARTÍCULO 1390 BIS 33 DEL CÓDIGO DE COMERCIO).

Constitucional y Amparo Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio oral mercantil la parte actora no asistió a la audiencia preliminar, por lo que se le impuso una multa en términos del artículo referido. En su contra promovió amparo indirecto, alegando haber tenido causa justificada de su incomparecencia. El Juzgado de Distrito negó la protección constitucional. Inconforme con dicha resolución interpuso recurso de revisión. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que en atención al principio de definitividad, cuando se impone la multa prevista en el artículo 1390 Bis 33 del Código de Comercio, por no asistir a la...

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