IUSera
Registro digital 2031383 · Tesis aislada · 12a. Época · I.11o.C.128 K (11a.) · DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

EXCEPCIÓN AL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD EN AMPARO INDIRECTO. SE ACTUALIZA CUANDO EL ACTO RECLAMADO PUEDE GENERAR UNA VIOLACIÓN A LOS DERECHOS SUSTANTIVOS DE LA PERSONA MENOR DE EDAD QUEJOSA, Y CUALQUIER RETRASO EN LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO ORDINARIO PROPICIE SU EJECUCIÓN.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona promovió amparo indirecto, por su propio derecho y en representación de sus hijos menores de edad. Reclamó la orden de presentar a estos últimos al juzgado responsable, incluso mediante el uso de la fuerza pública. El Juzgado de Distrito sobreseyó en el juicio de amparo al estimar que no se agotó el principio de definitividad. En el recurso de revisión se argumentó que hacer efectivo el apercibimiento mediante el uso de la fuerza pública es excesivo y vulneraría el interés superior de los menores de edad. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que...

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