IUSera
Registro digital 2031368 · Tesis aislada · 12a. Época · XXXII.5 L (11a.) · TRIBUNAL COLEGIADO DEL TRIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO.

APLICACIÓN SUPLETORIA DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES EN EL JUICIO DE AMPARO. ES INMEDIATA, SIN ESTAR CONDICIONADA A LA DECLARATORIA DE INICIO DE VIGENCIA PREVISTA EN SUS ARTÍCULOS TRANSITORIOS.

Constitucional y Amparo Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: El 9 de septiembre de 2024 una persona promovió amparo directo contra un laudo emitido por el Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado de Colima. El Tribunal Colegiado de Circuito resolvió el asunto el 26 de junio de 2025, esto es, con posterioridad a la entrada en vigor de la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación de 13 de marzo de 2025 al artículo 2o. de la Ley de Amparo, en el que se establece como legislación supletoria el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la aplicación s...

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