ALEGATOS EN LA REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE TENER POR PRESENTADOS EXTEMPORÁNEAMENTE LOS DE LA PARTE ACTORA EN EL JUICIO DE NULIDAD, SI TUVO CONOCIMIENTO DE LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO POSTERIORMENTE A SU ADMISIÓN.
Texto de la tesis
Hechos: En un recurso de revisión fiscal la parte actora del juicio contencioso administrativo federal presentó alegatos que se desecharon por haberse formulado extemporáneamente. Contra esa determinación interpuso recurso de reclamación. Argumentó que tuvo conocimiento del auto admisorio del recurso de revisión fiscal hasta que se lo notificó el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, porque el diverso proveído del Tribunal Colegiado de Circuito en el que se admitió el recurso se notificó por lista, y a partir de esa fecha corrió el plazo para presentar alegatos. Criterio jurídico: Este...
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