IUSera
Registro digital 2031230 · Tesis aislada · 11a. Época · I.20o.A.72 A (11a.) · VIGESIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

DERECHO A LA EDUCACIÓN SUPERIOR DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS. LA NEGATIVA DE PERMISOS ACADÉMICOS NO PUEDE JUSTIFICARSE ÚNICAMENTE CON LA REFERENCIA GENÉRICA A LAS "NECESIDADES DEL SERVICIO" O A CONCEPTOS INDETERMINADOS EQUIVALENTES.

Laboral y Seguridad Social Educación, Cultura y Deporte
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una policía de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México fue dada de baja de una maestría en la Universidad de la Policía de esa entidad federativa porque su superior jerárquico le negó la autorización para inscribirse. Ello, bajo el argumento de que no tuvo un adecuado desempeño en sus funciones y por "necesidades del servicio". Contra la negativa y baja referidas promovió amparo indirecto, al estimar que configuraron un acto discriminatorio y de represalia en su perjuicio por ser una persona vulnerable que estuvo en resguardo domiciliario como medida sanitaria duran...

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