SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN AMPARO INDIRECTO. EFECTOS DE SU CONCESIÓN CUANDO SE RECLAMA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE BAJA DE LOS ELEMENTOS DEL EJÉRCITO Y FUERZAS ARMADAS MEXICANAS POR EDAD LÍMITE (ARTÍCULO 25 DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS).
Texto de la tesis
Hechos: Una persona integrante de las Fuerzas Armadas Mexicanas promovió amparo indirecto y solicitó la suspensión provisional contra el inicio del trámite de retiro por edad límite previsto en el artículo referido. El Juzgado de Distrito la otorgó para el efecto que se mantuvieran las cosas en el estado que se encuentran y no se iniciara el trámite señalado. La Secretaría de la Defensa Nacional interpuso recurso de queja. Consideró que se contravienen disposiciones de orden público al paralizar el procedimiento previsto en la ley señalada. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuit...
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