IUSera
Registro digital 2031008 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 225/2025 (11a.) · Primera Sala

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. LOS ACTOS O ACTIVIDADES QUE NO SON OBJETO DE ESE IMPUESTO NO PUEDEN FORMAR PARTE DE LA MECÁNICA DE SU ACREDITAMIENTO.

Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

Hechos: La Ley del Impuesto al Valor Agregado establece que deben pagar ese impuesto las personas que realicen, en el territorio nacional, alguno de los actos o actividades que establece el artículo 1o. de esa ley. En términos generales, el impuesto al valor agregado es una contribución que grava los actos en cada fase de la cadena productiva hasta llegar al consumidor final. Es decir, que el impuesto se va trasladando en cada paso de la cadena productiva para que lo pague el consumidor final. Se denomina “impuesto acreditable” el que es pagado al proveedor dentro de la cadena productiva, y “p...

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