TERCERÍA EXCLUYENTE DE PREFERENCIA DE PAGO. ES IMPROCEDENTE CUANDO SE PRETENDE HACER EFECTIVA UNA OBLIGACIÓN DE PAGO A CARGO DE LA PARTE VENCEDORA EN EL JUICIO PRINCIPAL, PUES CONSTITUYE UN PRESUPUESTO QUE SEA LA PARTE CONDENADA QUIEN ADEUDE DETERMINADA SUMA DE DINERO EN FAVOR DE QUIEN PROMUEVE COMO PERSONA TERCERISTA.
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio ordinario mercantil, en etapa de ejecución, una persona promovió una tercería excluyente de preferencia para que al cumplir con la sentencia, el condenado pagara en primer lugar al tercerista, quien no tiene el carácter de acreedor del ejecutado en lo principal. En primera instancia se condenó al pago, pero el tribunal de apelación revocó esa decisión y declaró improcedente la tercería excluyente de preferencia de pago. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es improcedente la tercería excluyente de preferencia de pago si se pretende hacer efe...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.