PRIMA VACACIONAL. PROCEDE SU PAGO SI PROSPERA LA ACCIÓN DE REINSTALACIÓN, AUN CUANDO NO SE DEMANDE EXPRESAMENTE.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona trabajadora de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México demandó su reinstalación con motivo del despido injustificado del que dijo ser objeto, el pago de salarios caídos y demás prestaciones autónomas, sin que formulara reclamo expreso en torno al pago de la prima vacacional como prestación accesoria. La responsable dictó laudo en el que consideró existente el despido, por lo que condenó a la reinstalación del trabajador, sin hacer pronunciamiento sobre la prima vacacional. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que procede el pago de la prima...
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