IUSera
Registro digital 2030893 · Tesis aislada · 11a. Época · I.11o.C.116 K (11a.) · DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

ACTOS DE IMPOSIBLE REPARACIÓN. EL ARTÍCULO 107, FRACCIÓN V, DE LA LEY DE AMPARO QUE ESTABLECE ESE REQUISITO PARA LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO, ES CONSTITUCIONAL.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio de amparo indirecto el Juzgado de Distrito desechó la demanda por estimar que el acto reclamado no es de imposible reparación, al ser de índole procesal y no afectar derechos sustantivos de la quejosa. En el recurso de queja, la parte quejosa señaló que el artículo citado es inconstitucional por limitar el derecho de acceso a la justicia. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el artículo 107, fracción V, de la Ley de Amparo es constitucional, al establecer como requisito para la procedencia del juicio de amparo indirecto, que los actos sean d...

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