IUSera
Registro digital 2030891 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.A.C.CS. J/28 K (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

ACTO DE AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL AMPARO. NO LO CONSTITUYE LA OMISIÓN DEL SECRETARIO DE ACUERDOS DE DAR CUENTA OPORTUNAMENTE CON LAS PROMOCIONES PARA QUE LA PERSONA JUZGADORA DICTE SU DETERMINACIÓN.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si constituye un acto de autoridad para efectos del amparo la omisión del secretario de Acuerdos de dar cuenta dentro del plazo legal a la persona juzgadora con una promoción. Mientras que uno consideró que esa omisión implica que el secretario tiene la calidad de autoridad responsable, porque se trata del incumplimiento de sus obligaciones legales que no involucra la fe pública; el otro sostuvo que dar cuenta con las promociones no es un acto de imperio, por lo que la omisión que caus...

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