IUSera
Registro digital 2030851 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 159/2025 (11a.) · Primera Sala

POLÍTICA AMBIENTAL LOCAL. LAS ENTIDADES FEDERATIVAS NO DEBEN ESTABLECER PARÁMETROS DE CONTAMINACIÓN MÁS LAXOS QUE LOS PREVISTOS EN LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS PARA ACTIVAR UNA FASE DE CONTINGENCIA, PORQUE ELLO CONTRAVIENE EL PRINCIPIO DE PREVENCIÓN EN MATERIA AMBIENTAL.

Constitucional y Amparo Ambiental
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una asociación civil promovió juicio de amparo en contra de un acuerdo estatal que establecía parámetros para activar fases de contingencia ambiental en el Valle de Toluca y Santiago Tianguistenco. La quejosa sostuvo que los valores de contaminantes previstos en dicho acuerdo eran más altos que los establecidos en las normas oficiales mexicanas, por lo que resultaban inconstitucionales al permitir mayores niveles de contaminación sin adoptar medidas efectivas de mitigación del riesgo de daño ambiental. El Juez de Distrito negó el amparo, por lo que el tema de constitucionalidad subsist...

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