IUSera
Registro digital 2030849 · Tesis aislada · 11a. Época · VIII.3o.C.T.1 K (11a.) · Pleno TDJ

NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS EN EL JUICIO DE AMPARO. MOMENTO EN QUE SURTEN EFECTOS (ARTÍCULO 31, FRACCIÓN III, DE LA LEY DE AMPARO).

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En la demanda de amparo indirecto se solicitó que las notificaciones del juicio se realizaran por vía electrónica, lo que autorizó el Juez de Distrito. Ante ello, la sentencia respectiva se cargó al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación en un jueves hábil, con la finalidad de notificar a la parte quejosa, quien recuperó la determinación judicial al consultar el portal referido el sábado siguiente. Con dicha consulta se generó la constancia que produjo el aviso de la hora en la que se recuperó la sentencia. Contra ésta se interpuso el recurso de revisión, el cual se de...

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