IUSera
Registro digital 2030825 · Tesis aislada · 11a. Época · I.11o.C.108 K (11a.) · DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

GARANTÍA DE LA SUSPENSIÓN DE LOS ACTOS RECLAMADOS. CUANDO SE FIJE SU MONTO EN FORMA DISCRECIONAL, LA PERSONA JUZGADORA DEBE CALCULARLA CON BASE EN LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA), ATENDIENDO A LAS CIRCUNSTANCIAS DEL CASO CONCRETO.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona promovió juicio de amparo indirecto en su calidad de tercera extraña en estricto sentido al juicio de origen. Reclamó la orden de llevar a cabo un inventario en el inmueble que adujo poseer. El Juzgado de Distrito negó la suspensión provisional al estimar que la quejosa no demostró ni en forma indiciaria su interés jurídico. Interpuso recurso de queja en el que el Tribunal Colegiado de Circuito declaró fundados los agravios, pues estimó que el interés jurídico, para efectos de la suspensión, sólo debe demostrarse en forma indiciaria, por lo cual declaró fundado el recurso y...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.