IUSera
Registro digital 2030813 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 156/2025 (11a.) · Primera Sala

DELITOS PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS. LA AGRAVANTE RELATIVA A QUE LA PERSONA RESPONSABLE SEA O HAYA SIDO MIEMBRO DE ALGUNA CORPORACIÓN POLICIAL O DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL PAÍS, NO VULNERA EL DERECHO PENAL DEL ACTO.

Penal Seguridad Pública y Nacional
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Texto de la tesis

Hechos: Un grupo de hombres a bordo de vehículos oficiales realizaron disparos con armas de fuego en contra de elementos de un batallón de infantería, quienes lograron su detención y les aseguraron distintos implementos bélicos. Por esos hechos, se dictó sentencia de condena en primera y segunda instancias por los delitos de acopio de armas, posesión de cartuchos, posesión de cargadores para uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea y por homicidio en grado de tentativa. Las penas impuestas fueron aumentadas para algunas de las personas detenidas al acreditarse que formaron parte de la...

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