CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS. EL ARTÍCULO 58, FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO OBLIGA AL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA A VERIFICAR PRELIMINARMENTE EL INFORME RELATIVO.
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar el alcance que tiene para las Salas, Secciones o el Pleno del Tribunal Federal de Justicia Administrativa el informe de cumplimiento presentado por la autoridad demandada respecto de una sentencia. Mientras que uno estimó que esa disposición no obliga a las instancias referidas a verificar si el informe cumple con lo determinado en la sentencia definitiva; el otro concluyó que sí las obliga a estudiarlo de manera exhaustiva para tener por aprobado el cumplimiento. Criterio jurídico: La...
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