IUSera
Registro digital 2030785 · Tesis aislada · 11a. Época · XVI.1o.A.11 A (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

ARRESTO ADMINISTRATIVO POR CONDUCIR UN VEHÍCULO DE MOTOR EN ESTADO DE EBRIEDAD EN EL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO. EN EL DICTAMEN RELATIVO EL MÉDICO LEGISTA DEBE SEÑALAR EL PLAZO PROBABLE DE RECUPERACIÓN DEL PRESENTADO, A FIN DE QUE PUEDA COMPARECER A DECLARAR ANTE EL JUEZ CÍVICO RESPECTO DE LOS HECHOS QUE SE LE IMPUTAN O, INCLUSO, DETERMINAR SI LA AUDIENCIA DEBE DIFERIRSE.

Transporte y Comunicaciones Salud Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una persona promovió juicio de amparo indirecto contra el arresto administrativo ejecutado en su contra por conducir un vehículo de motor en supuesto estado de ebriedad. La Jueza de Distrito negó el amparo; inconforme interpuso recurso de revisión, en el que impugnó la validez del examen médico con base en el cual se calificó la conducta que se le imputa, pues el médico legista omitió indicar el plazo probable de su recuperación. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que tratándose de un arresto administrativo por conducir un vehículo de motor en estado de eb...

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