DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. PUEDE PRESENTARSE EN CUALQUIER MOMENTO CUANDO SE RECLAMA EL CORTE DEL SUMINISTRO DE AGUA POTABLE DE USO DOMÉSTICO.
Texto de la tesis
Hechos: Una persona promovió amparo indirecto contra el corte del suministro de agua potable en su domicilio. El Juzgado de Distrito desechó de plano la demanda al considerar que su presentación fue extemporánea, porque excedió el plazo de quince días previsto en el artículo 17 de la Ley de Amparo, tomando como punto de referencia la fecha en que la quejosa señaló que ocurrió el corte reclamado. Contra esa resolución interpuso recurso de queja argumentando que el corte del suministro se actualiza de momento a momento. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando...
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