SUSPENSIÓN EN AMPARO. SI SE CONCEDE CONTRA EL CORTE DEL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA EL EFECTO DE REINSTALAR EL SERVICIO, LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD (CFE) TIENE EL CARÁCTER DE TERCERO INTERESADO, NO OBSTANTE QUE SEA AUTORIDAD RESPONSABLE, Y PROCEDE FIJAR GARANTÍA PARA QUE SURTA EFECTOS LA MEDIDA CAUTELAR [ABANDONO DE LAS JURISPRUDENCIAS VII.2O.C. J/1 K (11A.) Y VII.2O.C. J/2 K (11A.)].
Texto de la tesis
Hechos: En amparo indirecto se impugnó el corte del suministro de energía eléctrica realizado en el domicilio de la parte quejosa. El Juzgado de Distrito concedió la suspensión definitiva para el efecto de reinstalar la prestación del servicio, sin sujetarlo a la exhibición de una garantía para que la medida cautelar surtiera efectos. Contra esta determinación se interpuso recurso de revisión. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que si se concede la suspensión contra el corte del suministro de energía eléctrica para el efecto de reinstalar el servicio: a) la Comisi...
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