IUSera
Registro digital 2030745 · Tesis aislada · 11a. Época · VII.2o.T.71 L (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

DEMANDA LABORAL. PARA DETERMINAR LA CONSTITUCIONALIDAD DEL AUTO QUE LA TIENE POR NO PRESENTADA DEBE ANALIZARSE PREVIAMENTE LA LEGALIDAD DEL APERCIBIMIENTO DECRETADO POR EL SECRETARIO INSTRUCTOR.

Constitucional y Amparo Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: En un juicio de amparo directo una persona trabajadora impugnó el auto por el cual un Juez laboral hizo efectivo el apercibimiento emitido previamente por el secretario instructor y, en consecuencia, tuvo por no presentada la demanda. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que para estudiar la constitucionalidad del auto que tiene por no presentada la demanda laboral, debe analizarse previamente la legalidad del apercibimiento decretado por el secretario instructor. Justificación: De conformidad con el artículo 171 de la Ley de Amparo, al reclamarse la sentenc...

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