IUSera
Registro digital 2030732 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 124/2025 (11a.) · Primera Sala

SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. EL INCIDENTE DE DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE ESA MEDIDA CAUTELAR NO PUEDE DESECHARSE POR LA SOLA CIRCUNSTANCIA DE QUE SE RECLAME UN MONTO SUPERIOR AL QUE SE FIJÓ COMO GARANTÍA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una empresa demandó a varias personas en la vía mercantil por el adeudo de diversas cantidades. El juez requirió en múltiples ocasiones a los demandados el pago; sin embargo, ante su incumplimiento, les indicó que los arrestaría por tres horas por desacatar una orden judicial. En desacuerdo con ese apercibimiento, las personas demandadas promovieron sendos juicios de amparo indirecto, en los que les fue concedida la suspensión mediante la exhibición de una garantía. Posteriormente, el Juzgado de Distrito les negó el amparo a los quejosos, por lo que la empresa actora presentó un incide...

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