PROCEDIMIENTO JUDICIAL DE EJECUCIÓN DE GARANTÍAS OTORGADAS MEDIANTE PRENDA SIN TRANSMISIÓN DE POSESIÓN. LA OBJECIÓN DE FALSEDAD DE FIRMA DE CUALQUIER ESCRITO DE LA ACTORA, PREVIO A QUE SE CONTESTE LA DEMANDA, DEBE PLANTEARSE VÍA EXCEPCIÓN Y NO MEDIANTE UN INCIDENTE (ARTÍCULO 1414 BIS 20 DEL CÓDIGO DE COMERCIO).
Texto de la tesis
Hechos: En un procedimiento judicial de ejecución de garantías otorgadas mediante prenda sin transmisión de posesión, una de las codemandadas promovió incidente de falsedad de la firma que calza el escrito mediante el cual se desahogó la prevención hecha a la actora, previo a la admisión de la demanda, el cual se declaró fundado y, por virtud de ello, se declaró nulo todo lo actuado. Además, no se tuvo por desahogada la prevención y se desechó la demanda. Inconforme, la parte actora promovió amparo indirecto en el que se le concedió la protección constitucional, pues se estimó que la normativa...
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