IUSera
Registro digital 2030704 · Tesis aislada · 11a. Época · I.11o.C.49 C (11a.) · DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

JUICIO ORAL MERCANTIL. LA MANIFESTACIÓN "BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD" NO ES UN REQUISITO FORMAL DE LA DEMANDA, NI DEL DESAHOGO DE PREVENCIONES (ARTÍCULO 1390 BIS 11 DEL CÓDIGO DE COMERCIO).

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Se presentó una demanda en la vía oral mercantil. La juzgadora previno para que se aclararan diversos hechos "bajo protesta de decir verdad". Al desahogar la prevención la promovente narró los hechos, pero no realizó la manifestación requerida. Esa circunstancia condujo al desechamiento de la demanda. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que en el juicio oral mercantil la manifestación "bajo protesta de decir verdad" no es un requisito formal de la demanda, ni del desahogo de prevenciones, lo que resultaría excesivo y violatorio del artículo 1390 Bis 11 del...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.