JUICIO ORAL MERCANTIL. LA MANIFESTACIÓN "BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD" NO ES UN REQUISITO FORMAL DE LA DEMANDA, NI DEL DESAHOGO DE PREVENCIONES (ARTÍCULO 1390 BIS 11 DEL CÓDIGO DE COMERCIO).
Texto de la tesis
Hechos: Se presentó una demanda en la vía oral mercantil. La juzgadora previno para que se aclararan diversos hechos "bajo protesta de decir verdad". Al desahogar la prevención la promovente narró los hechos, pero no realizó la manifestación requerida. Esa circunstancia condujo al desechamiento de la demanda. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que en el juicio oral mercantil la manifestación "bajo protesta de decir verdad" no es un requisito formal de la demanda, ni del desahogo de prevenciones, lo que resultaría excesivo y violatorio del artículo 1390 Bis 11 del...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.