OFRECIMIENTO DE COPIAS O DOCUMENTOS EN EL JUICIO DE AMPARO. PARA SU PROCEDENCIA, LA OFERENTE SÓLO DEBE EXPRESAR QUE LOS DOCUMENTOS LOS TIENE EN RESGUARDO UNA AUTORIDAD Y ACREDITAR HABER PRESENTADO LA SOLICITUD RESPECTIVA (ARTÍCULO 121 DE LA LEY DE AMPARO).
Texto de la tesis
Hechos: En un juicio de amparo indirecto la parte quejosa ofreció como prueba una documental cuya copia certificada previamente había solicitado a la autoridad responsable y solicitó al Juzgado de Distrito requiriera a esta última para que la remitiera, lo cual no se acordó de conformidad, pues la autoridad judicial de amparo estimó que no se demostró que se hubiera negado a la parte quejosa su expedición. La parte quejosa interpuso recurso de queja. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que conforme al artículo 121 de la Ley de Amparo, para que sea procedente que el...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.