SUSPENSIÓN PROVISIONAL CONTRA LA IMPOSICIÓN DE LA PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. LA JURISPRUDENCIA PR.P.CN. J/13 P (11A.) ES APLICABLE AUN CON LA ENTRADA EN VIGOR DE LA REFORMA DE 31 DE DICIEMBRE DE 2024 AL ARTÍCULO 19, PÁRRAFO SEGUNDO, CONSTITUCIONAL.
Texto de la tesis
Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si a la luz del artículo 19, párrafo segundo, parte final, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2024, continúa siendo aplicable la jurisprudencia PR.P.CN. J/13 P (11a.), para establecer los efectos de la suspensión en amparo indirecto cuando se reclama la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa. Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias...
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