IUSera
Registro digital 2030597 · Tesis aislada · 11a. Época · XXIV.2o.7 P (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CUARTO CIRCUITO.

PERSONAS INDÍGENAS SENTENCIADAS PENALMENTE. CUANDO RENUNCIAN A LA LECTURA Y EXPLICACIÓN DEL FALLO CONDENATORIO, EN ESE MOMENTO SE LES DEBE INFORMAR QUE TIENEN DERECHO A APELAR Y EL PLAZO LEGAL PARA ELLO.

Penal Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Se condenó penalmente a unas personas que se autoadscribieron como integrantes de una comunidad indígena. En la audiencia de individualización de sanciones, por medio de su defensor, renunciaron a que se diera lectura y se les explicara la sentencia condenatoria. Se dictó el fallo por escrito y promovieron amparo directo. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando personas indígenas sentenciadas renuncian a que se les dé lectura y se les explique la sentencia condenatoria en ese momento el Tribunal de Enjuiciamiento, en perspectiva intercultural, debe i...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.