IUSera
Registro digital 2030595 · Jurisprudencia · 11a. Época · XVI.1o.A. J/12 A (11a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

MULTA FISCAL. DEBE DECLARARSE SU NULIDAD LISA Y LLANA POR RAZONES DE FONDO, CUANDO EXISTA VARIACIÓN ENTRE LA FUNDAMENTACIÓN CITADA EN EL REQUERIMIENTO DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES OMITIDAS Y LA INVOCADA EN LA RESOLUCIÓN SANCIONADORA, AL ACTUALIZARSE LA CAUSA DE ILEGALIDAD PREVISTA EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 51 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

Fiscal y Hacendario Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Una persona demandó la nulidad tanto de la multa impuesta, como del requerimiento que la precedió, con el argumento de que la autoridad demandada, al momento de requerir el cumplimiento de la obligación omitida, la apercibió con imponerle una multa con fundamento en el artículo 82, fracción I, inciso b), del Código Fiscal de la Federación, pero al emitir el acto impugnado la sustentó en el inciso d) de la misma fracción. El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) consideró fundado el planteamiento y declaró la nulidad para efectos de la resolución impugnada, en términos del...

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