JUICIO AGRARIO. LOS NÚCLEOS DE POBLACIÓN EJIDALES O COMUNALES DEBEN PROMOVERLO ANTES DE ACUDIR AL AMPARO INDIRECTO (INAPLICABILIDAD DE LA TESIS 2A./J. 61/2001).
Texto de la tesis
Hechos: Un núcleo de población comunal promovió amparo indirecto contra la inscripción de diversas actas de asamblea. El Juzgado de Distrito desechó de plano la demanda al estimar que el acto reclamado no se impugnó mediante el juicio agrario previamente a instar el juicio de amparo. Contra esa determinación la parte quejosa interpuso recurso de queja, al considerar que se actualiza una excepción al principio de definitividad, porque conforme a la jurisprudencia 2a./J. 61/2001, la Ley Agraria establece mayores requisitos y un plazo mayor para el otorgamiento de la suspensión del acto reclamado...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.