IUSera
Registro digital 2030589 · Tesis aislada · 11a. Época · XXIV.2o.8 A (11a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CUARTO CIRCUITO.

JUICIO AGRARIO. LOS NÚCLEOS DE POBLACIÓN EJIDALES O COMUNALES DEBEN PROMOVERLO ANTES DE ACUDIR AL AMPARO INDIRECTO (INAPLICABILIDAD DE LA TESIS 2A./J. 61/2001).

Agrario y Rural Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Un núcleo de población comunal promovió amparo indirecto contra la inscripción de diversas actas de asamblea. El Juzgado de Distrito desechó de plano la demanda al estimar que el acto reclamado no se impugnó mediante el juicio agrario previamente a instar el juicio de amparo. Contra esa determinación la parte quejosa interpuso recurso de queja, al considerar que se actualiza una excepción al principio de definitividad, porque conforme a la jurisprudencia 2a./J. 61/2001, la Ley Agraria establece mayores requisitos y un plazo mayor para el otorgamiento de la suspensión del acto reclamado...

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