INTERLOCUTORIA QUE APRUEBA EL PROYECTO PARTITORIO Y ADJUDICA LOS BIENES EN UN JUICIO DE TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COPROPIEDAD (DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN). EN SU CONTRA PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).
Texto de la tesis
Hechos: Se demandó en la vía civil sumaria la terminación y liquidación de la copropiedad de bienes inmuebles. En la sentencia interlocutoria se aprobó el proyecto de partición y la adjudicación al accionante de los bienes comunes. La parte demandada promovió amparo indirecto que fue desechado, al estimarse actualizada de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el 107, fracción IV, aplicada en sentido contrario, de la Ley de Amparo. El Juzgado de Distrito sostuvo que el acto reclamado no puede considerarse como la últi...
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