IUSera
Registro digital 2030584 · Jurisprudencia · 11a. Época · PR.A.C.CN. J/81 A (11a.) · PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. ES INEXISTENTE EL CARGO DE "SUBDIRECTORA DE LO CONTENCIOSO" Y, POR TANTO, QUIEN SE OSTENTE COMO TAL CARECE DE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVISIÓN FISCAL (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2023).

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si quien se ostenta como Subdirectora de lo Contencioso del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) está legitimada para interponer el recurso de revisión fiscal, en representación de la persona Titular de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, conforme al Estatuto Orgánico publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2023, y el Manual de Organización General reformado, por última vez, el 11 de oct...

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