IUSera
Registro digital 2030554 · Jurisprudencia · 11a. Época · P./J. 1/2025 (11a.) · Pleno

TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA. POR REGLA GENERAL LES CORRESPONDE CONOCER DE LOS RECURSOS DERIVADOS DE UN JUICIO DE AMPARO TRAMITADO POR UN JUZGADO DE DISTRITO CON COMPETENCIA MIXTA EN EL QUE SE RECLAMARON ACTOS DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO.

Mercantil Urbanístico e Inmobiliario Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: La Primera y la Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sustentaron criterios contradictorios en relación con la materia de especialización del Tribunal Colegiado de Circuito que debe conocer del medio de impugnación interpuesto contra la sentencia dictada en amparo indirecto por un Juzgado de Distrito con competencia mixta, en el que se reclamaron actos registrales del Registro Público de la Propiedad y de Comercio o de autoridades equivalentes. Mientras que la Primera Sala determinó que corresponde conocer a un órgano especializado en materia civil, atendiendo al p...

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