IUSera
Registro digital 2030521 · Jurisprudencia · 11a. Época · 2a./J. 24/2025 (11a.) · Segunda Sala

COMPETENCIA POR TERRITORIO PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA LOS ACUERDOS ADMINISTRATIVOS QUE SUPRIMEN Y DETERMINAN LAS COMPETENCIAS TERRITORIALES DE LAS JUNTAS ESPECIALES DE LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, Y CREAN O COMUNICAN CAMBIOS DE ADSCRIPCIÓN DE LAS OFICINAS AUXILIARES. CORRESPONDE AL JUZGADO DE DISTRITO ANTE EL QUE SE PRESENTA LA DEMANDA DE AMPARO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Hechos: Los órganos jurisdiccionales contendientes sustentaron criterios contradictorios al definir cuál es el Juzgado de Distrito competente por territorio para conocer del amparo indirecto promovido contra los acuerdos administrativos referidos. Mientras que uno consideró que es el del lugar donde el acto reclamado deba tener ejecución, trate de ejecutarse, se esté ejecutando o se haya ejecutado; el otro determinó que es ante el que se presentó la demanda de amparo. Criterio jurídico: La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la competencia para conocer del a...

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