IUSera
Registro digital 2030511 · Jurisprudencia · 11a. Época · 1a./J. 73/2025 (11a.) · Primera Sala

SANCIÓN DE PÉRDIDA DE EQUIPOS DE RADIODIFUSIÓN EN FAVOR DE LA NACIÓN. PARA SU IMPOSICIÓN NO SE REQUIERE DE LA INTERVENCIÓN DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.

Transporte y Comunicaciones Administrativo
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una empresa que no logró prorrogar su concesión continuó explotando el espacio radioeléctrico. En un procedimiento administrativo sancionatorio, el Instituto Federal de Telecomunicaciones impuso a la empresa una multa y declaró la pérdida de los equipos de radiodifusión en favor de la nación. Inconforme, la empresa promovió un juicio de amparo indirecto en el que alegó la inconstitucionalidad del artículo 305 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en que se basó la autoridad responsable para imponer la sanción de pérdida de equipos en favor de la nación. Argumentó que...

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