IUSera
Registro digital 2030462 · Tesis aislada · 11a. Época · I.14o.T.50 L (11a.) · DÉCIMO CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

TRABAJADORES DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR (PROFECO). NO TIENEN DERECHO A LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD PREVISTA POR EL ARTÍCULO 162 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Laboral y Seguridad Social Mercantil
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Hechos: Una ex trabajadora de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) le demandó el pago de la referida prima de antigüedad. Argumentó que la relación se rigió por el contrato colectivo de trabajo celebrado bajo la Ley Federal del Trabajo. La Junta absolvió porque la relación laboral se rigió por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, la cual no establece dicho beneficio. Además, la actora confesó haber percibido la prima quinquenal. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que los trabajadores de la Profeco no tienen derecho a la prima de a...

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