IUSera
Registro digital 2030407 · Jurisprudencia · 11a. Época · 2a./J. 19/2025 (11a.) · Segunda Sala

FOVISSSTE. EL DESCUENTO QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS POR CONCEPTO DE COBRO DEL CRÉDITO DE VIVIENDA DEBE PERMITIR A LOS ACREDITADOS CONOCER SI CORRESPONDE AL ESQUEMA ELEGIDO POR LA PERSONA TRABAJADORA EN EL CONTRATO HIPOTECARIO CELEBRADO CON ESA INSTITUCIÓN.

Laboral y Seguridad Social Urbanístico e Inmobiliario
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Texto de la tesis

Hechos: Diversas personas trabajadoras reclamaron en amparo indirecto los artículos 20, párrafos segundo, tercero, cuarto y quinto, y 185 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, reformados mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de mayo de 2023, así como el aumento en el descuento realizado a su salario con motivo del cobro de los créditos hipotecarios celebrados con el Fondo de la Vivienda mencionado. El Juzgado de Distrito sobreseyó al considerar que los promoventes no demostraron que las normas reclamadas les ca...

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